MEGA DECRETO DE MILEI
La Defensoría advirtió por los cambios en tarjetas de créditos
A partir del Decreto N.º 70/23 los bancos podrán cobrar todo, sin límite alguno a los titulares de tarjetas de créditos.
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El Defensor del Pueblo de la Provincia de Formosa, José Leonardo Gialluca, señaló que, el DNU N° 70/23, introduce modificaciones en las tarjetas de créditos que vienen a afectar no solamente a los usuarios de los plásticos, sino también a los comerciantes que ofrecen este tipo de pago.
Por un lado, se elimina el tope de interés que las empresas le aplican a quienes se demoran en pagar el resumen, sino que, además, quita el tope que les cobran a los comercios.
El mismo establece la eliminación del límite que existía para la tasa que se les cobraba a los comercios por este servicio, que era del 3% en las tarjetas de crédito y del 1,5% en las de débito. A esto debemos sumarle la eliminación de los topes a los intereses punitorios (los que se aplican en caso de mora en los pagos), por lo que, de ahora en adelante, quienes se atrasan en saldar el resumen o paguen el mínimo, tendrán que afrontar elevados intereses.
En particular, uno de los capítulos del Decreto 70/2023 denominado “Bases para la reconstrucción de la economía argentina” cambia una amplia serie de puntos de la Ley de Tarjetas de Crédito. El objetivo de estas modificaciones es el de reducir el poder del Banco Central sobre las sanciones a los bancos y otras emisoras de estos plásticos, al igual que quitar comisiones y multas. Además, este permite la incorporación de nuevas modalidades de uso con tecnología digital y suprime las comisiones fijas que se cobran a los comercios. Por ende, la nueva ley de tarjetas de crédito elimina el tope de 50% de intereses punitorios que se podían cobrar como máximo sobre la tasa de financiación. Al mismo tiempo, el artículo 18 del DNU estipula que “independientemente de lo dispuesto por las leyes de fondo, los intereses punitorios no serán capitalizables”.
Así, a partir de ahora los bancos podrán cobrar todo lo que quieran, sin tope alguno. La salvedad es que, aun cuando el titular de la tarjeta hubiera abonado el mínimo de sus consumos, las emisoras no podrán capitalizar esos intereses punitorios. Por ende, será más caro endeudarse con las tarjetas de crédito, que se vienen utilizando para la adquisición de alimentos y medicamentos entre otros bienes y servicios esenciales que deben afrontar los usuarios y consumidores, que ven día a día, como su poder adquisitivo pierde capacidad adquisitiva, no quedándole otra opción que, frente a los vencimientos, abonar la totalidad de sus deudas, por los altísimos intereses.
En el supuesto de la no recepción del resumen, el titular dispondrá de un canal de comunicación telefónico proporcionado por el emisor durante las 24 horas del día que le permitirá obtener el saldo de la cuenta y el pago mínimo que podrá realizar.