Sentencia contravencional
Justicia de Paz: Condenaron a un hombre aplicando la perspectiva de género
El fallo es novedoso en nuestra provincia y se dio en el marco de un expediente contravencional. El infractor también fue conminado a realizar un curso de formación, capacitación y sensibilización sobre violencia de género.
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La jueza de Paz Nº 4 de Formosa, María Belén Mayans, condenó al arresto e impuso la realización de un curso de formación, capacitación y sensibilización sobre violencia y género, a un hombre que fue hallado culpable de haber cometido en reiteradas oportunidades conductas agresivas e indecorosas contra mujeres y niñas.
Se trata de una novedosa sentencia que aborda la problemática de la violencia de género en materia contravencional, y fue el resultado de una investigación que llevó adelante la magistrada en un expediente a su cargo, iniciado por denuncias de vecinos que ratifican la conducta consumada por el infractor.
En la causa judicial, el hombre fue imputado como autor de la falta prevista y reprimida por el artículo 77, inciso b) del Código de Faltas de la Provincia, verificándose con la gran cantidad de pruebas obtenidas durante la investigación judicial que con su accionar contra mujeres y niñas “menoscabó la dignidad en sus condiciones de tales, además de trascender a terceros y al vecindario, causando molestias e intranquilidad en el lugar”.
Prevenir
En este fallo condenatorio ejemplificador, la jueza Mayans, tuvo en cuenta los hechos probados y singulares características de las circunstancias de modo, tiempo y lugar de manera sistémica como un todo y conforme a los principios que informan el fuero, señalando de manera enfática que “debe garantizarse el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia de género sin necesidad de esperar a que la escalada de violencia alcance niveles detectables para el Sistema Penal, donde las consecuencias para las mujeres víctimas puedan resultar irreversibles”.
Para llegar a esta conclusión, la magistrada tuvo en cuenta las pruebas que se fueron reuniendo dentro de la causa judicial: denuncias de vecinas del imputado, declaraciones testimoniales de numerosos vecinos y vecinas e informes socio-ambiental, de concepto y conducta, los que sumados a los antecedentes del imputado aportaron fundamento a la condena, apuntalada en la aplicación de la Convención Interamericana sobre la Protección, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres (Belém do Pará), Reglas de Brasilia y Ley Nacional contra la Violencia de Género Nº 26.485.
En la sentencia, la jueza advierte que el caso no se circunscribió solamente a un hecho aislado limitado a la tranquilidad y al orden público, sino también a la consideración contextuada que no debe ser desatendida a la luz de la perspectiva de género y de acceso a justicia de personas cuyo abordaje obligatorio no debe soslayarse, “incluso persiguiendo no agravar tales condiciones, que los operadores del sistema judicial deben priorizar”.
Por otra parte, la sentencia contravencional resalta la preponderancia en cuestiones que abordan nuevos paradigmas que la comunidad exige, revalorizando el rol de la Justicia de Paz como puerta de acceso y ámbito de resolución de conflictos de sectores vulnerables, revistiendo vital importancia para la sociedad como el servicio de justicia más inmediato, efectivo, eficiente y directo a disposición de los vecinos, en pos de brindar respuestas satisfactorias a los conflictos en tiempo oportuno, que garanticen asistencia, protección y seguridad con la adopción de medidas como el caso analizado en esta oportunidad, a fin de aportar las condiciones que aseguren la posibilidad de una vida sin ningún tipo de violencia.