En respuesta, el Superior Tribunal pidió a los abogados que identifiquen los casos de supuesta mora judicial
El Consejo de la Abogacía reclamó al STJ por la demora extrema en los procesos judiciales
El STJ advierte que en su presentación los abogados mencionan de manera generalizada distintas situaciones que se estarían produciendo en Tribunales y Juzgados del Poder Judicial de la provincia, pero en ningún caso especifican ni identifican cuál o cuáles serían dichos procesos.
El Consejo Profesional de la Abogacía de la ciudad de Formosa, presidido por Horacio Gustavo Gorleri, a través de una nota dirigida al presidente del Superior Tribunal de Justicia, Guillermo Alucín, reclamó por el retardo en las resoluciones de causas, señalando además que existen diferentes problemáticas que afectan el ejercicio normal de la profesión.
“El retardo es extremo en los distintos procesos en los diferentes fueros, pero se acentúa sobre todo en el Tribunal de Familia, donde se observa que la resolución de los recursos puede durar hasta más de cinco meses”, señala la nota enviada a Alucín.
Otra cuestión es la ausencia de magistrados durante las audiencias preliminares en el fuero Civil, incumpliendo la normativa del artículo 358 de CPCC que impide la inmediatez lo que desestima la garantía de imparcialidad para los justiciables.
Por otra parte, hace saber que no se ejecuta de forma correcta lo establecido en la Ley 512 con respecto a la regulación de honorarios por parte de los jueces, los cuales son muy bajos y atentan contra la dignidad del ejercicio profesional y produce la licuación del poder adquisitivo de los letrados.
Se aclara que la actualización de la base regulatoria tiene carácter alimentario, por ende es urgente ajustar estos criterios puesto que se afecta la calidad de vida de los abogados intervinientes en las causas.
Desde el Consejo se sostiene que se aplique el principio de derrota a la hora de imponer las costas ya que su omisión perjudica a la parte ganadora que debe asumir los gastos de la parte perdedora.
Por último, advierten que de continuar con estas falencias solo se vulnera el trabajo de los letrados, pues se genera desconfianza e incertidumbre en los clientes, que por ello cambian continuamente de patrocinio, dando cuenta de que es el matriculado el imputado por parte de estos al no recibir la resolución de su causa en tiempo y forma.
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La respuesta del STJ
En respuesta a la presentación realizada por el Consejo Profesional de la Abogacía, el presidente del STJ, Guillermo Horacio Alucín, pidió al titular de la entidad, Horacio Gorleri, que se especifiquen los casos concretos que han motivado el reclamo, a fin de que la Corte Provincial pueda adoptar las medidas de superintendencia que considere oportunas y necesarias, como lo vino haciendo en los recursos de queja por retardo de justicia que se han tramitado ante el STJ “donde se dictaron resoluciones que priorizan el servicio y la atención oportuna de las causas judiciales”.
En una nota remitida ayer al presidente del Consejo Profesional de la Abogacía, Alucín advierte que en su presentación los abogados mencionan de manera generalizada distintas situaciones que se estarían produciendo en Tribunales y Juzgados del Poder Judicial de la provincia, pero en ningún caso especifican ni identifican cuál o cuáles serían dichos procesos.
En tal sentido, observando los términos del reclamo, el magistrado consideró oportuno recordar que ya en su momento el STJ dispuso la habilitación de los Cuadernos de Queja en las Mesas de Entradas y Salidas de los Juzgados y Tribunales de las tres circunscripciones judiciales (Acuerdo 3179 punto 1°) para que abogados y abogadas puedan dejar asentados sus reclamos por inadecuada atención y, al mismo tiempo, el STJ dispuso como medida de control que jueces y juezas informen cada 30 o 60 días las novedades surgidas en torno a quejas, reclamos o planteos, por la razón que fuera, de los profesionales del Derecho, registrándose –conforme datos oficiales– muy pocos casos desde su implementación, “todos los cuales fueron debidamente atendidos y corregidos cuando así correspondía; es extraño entonces que de manera generalizada se acuse a jueces y juezas del fuero Civil y Comercial de no asistir a las audiencias programadas, sin apelarse al procedimiento establecido en el Acuerdo antes citado”.
En la misma línea de razonamiento, Alucín afirmó que tampoco se especifican casos concretos de demora en el Tribunal de Familia, cuando ya en su momento y a instancias del STJ se realizó el 19 de enero de 2023 una reunión conjunta entre el Consejo de la Abogacía y autoridades del STJ, autorizándose la implementación de doble turno para agilizar los procesos, teniendo en cuenta además que a la fecha la integración de ese Tribunal se encuentra incompleta, estando en trámite ante el Consejo de la Magistratura el concurso para la cobertura correspondiente.
Recursos procesales
El presidente del STJ, Guillermo Alucín, pidió específicamente a los abogados que se especifiquen los casos concretos que han motivado la presentación del Consejo Profesional de la Abogacía “para que el Superior Tribunal de Justicia pueda adoptar las medidas de superintendencia que considere oportunas y necesarias, como lo vino haciendo en los recursos de queja por retardo de justicia que se han tramitado por ante este Tribunal Superior, donde se dictaron resoluciones que priorizan el servicio y la atención oportuna de las causas judiciales”.
Con relación al reclamo de los abogados por la baja regulación que hacen jueces y juezas de sus honorarios profesionales, Alucín respondió recordando que los montos que se fijan en concepto de honorarios y las decisiones en materia de costas son de exclusiva competencia de los jueces y juezas intervinientes, a la par de constituir decisiones judiciales que están “sujetas a los correspondientes recursos procesales, pero que no pueden determinarse por vía de superintendencia”.
“Todo planteo o reclamo por retardo de justicia es tramitado por el STJ con el consecuente dictado de medida correctiva, si así correspondiere, pero siempre en lo concerniente a los plazos, ya que la decisión o resolución de cada caso es potestad exclusiva del juez o jueza interviniente”, aclaró el presidente del STJ.
La nota dirigida al doctor Gorleri finaliza reiterando el pedido para que se individualicen los casos concretos, destacando la habitual predisposición que tiene la Corte Provincial para resolver lo que así corresponda en cada caso.