Desmienten un supuesto acuerdo celebrado con cámaras empresariales
Desde el CEC-Formosa garantizan estabilidad laboral a trabajadores de supermercado
El Centro de Empleados de Comercio-Filial Formosa desmintió, tal como lo hizo la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), un supuesto acuerdo celebrado entre la entidad mercantil con las cámaras empresarias para suspender trabajadores en supermercados.
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El gremio que conduce Armando Cavalieri a nivel nacional y Aníbal Alarcón en el orden local se refirió a «erróneas informaciones» difundidas en las últimas horas que daban cuenta de un entendimiento entre las partes para facilitar la suspensión de personal por razones económicas.
En un comunicado de la Faecys – difundido por el CEC-Formosa- se pidió “tranquilidad a los trabajadores tras la publicación de notas periodísticas que circularon días atrás, en las que se interpretó de manera errónea la Resolución 1873/2023 del Ministerio de Trabajo”.
«La Resolución de Trabajo es de 2020 y se motivó en la pandemia de coronavirus. La Faecys desmiente notas periodísticas que dieron cuenta de un acuerdo para producir suspensiones por ser totalmente falaces, y nunca firmó convenio alguno para permitir a las empresas y/o supermercados suspender personal por falta o disminución de trabajo”, destacó.
Desde el Centro de Empleados de Comercio-Formosa se advirtió que “esa resolución se relaciona con antiguas presentaciones de 2020, en épocas de confinamiento y pandemia, que de forma tardía fue homologada por Trabajo», y añadió que ante «la gravedad de la emergencia sanitaria frente al avance del coronavirus el Estado nacional habilitó en confinamiento la firma de acuerdos 223 bis».
«Ello no implicó su automática aplicación por parte de las empresas. El empleador que quisiera utilizar esa herramienta legal debía realizar una presentación ante Trabajo para que esa cartera realizara el control de legalidad y, en su caso, la homologase. Por la cantidad de firmas que la usaron y ante el cúmulo de tareas de la administración pública, recién este año se están dictando las respectivas resoluciones homologatorias», precisó.
Sobre la resolución, aclaró que «no se refiere a esas empresas ni implica una renovación de acuerdos de suspensiones, que única y exclusivamente se produjeron con motivo y causa del confinamiento de la sociedad y el cese de actividades por la pandemia, mientras estuvieron vigentes las medidas excepcionales dispuestas por el Estado».
Acuerdo homologado
El Ministerio de Trabajo de la Nación homologó el acuerdo salarial alcanzado en la paritaria 2023 entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).
El acuerdo establece un incremento remunerativo del 9% para el mes de octubre, que ya impacta en el mes de noviembre. Este incremento se calcula en función de los básicos de septiembre, sumando tanto los conceptos remunerativos como no remunerativos.
Adicionalmente, se ha acordado la aplicación de un aumento no remunerativo del 38% en tres tramos, basado en el nuevo salario básico de octubre. Estos tres tramos se distribuyen de la siguiente manera: 11% en octubre, en noviembre y 13,5% en diciembre de 2023.
La base para calcular este incremento del 38% en tres tramos son los nuevos salarios básicos que estarán vigentes a partir de octubre de 2023, los cuales incluyen el mencionado 9% de aumento remunerativo.