ACORDADA DEL STJ
Dejarán de usar términos como vuestra excelencia o excelentísimo en el Poder Judicial de Formosa
Ariel Gustavo Coll, solicitó al presidente del STJ, que en lo sucesivo se dejen de utilizar en el ámbito judicial algunas fórmulas y expresiones que, si bien cuentan con el respaldo legal, se han tornado obsoletas.
El Superior Tribunal de Justicia dispuso en acordada que en lo sucesivo deberá evitarse en el lenguaje judicial expresiones tales como: vuestra excelencia, excelentísimo, su señoría, señoría o similares.
Esto es al momento de dirigirse a los integrantes de órganos judiciales, debiendo en todos los casos consignarse, en notas o disposiciones, solamente la palabra señor o señora, antes del cargo correspondiente.
La decisión consta en el punto tercero del Acuerdo 3174 aprobado por los ministros Marcos Bruno Quinteros (presidente), Guillermo Horacio Alucín, Ariel Gustavo Coll, Eduardo Manuel Hang y Ricardo Alberto Cabrera, y ya fue comunicada al Consejo Profesional de la Abogacía, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y al Colegio de Escribanos de la provincia.
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Terminología obsoleta
Se trata de una propuesta del ministro Ariel Gustavo Coll, quien oportunamente solicitó por nota al presidente del STJ, que en lo sucesivo se dejen de utilizar en el ámbito judicial algunas fórmulas y expresiones que, si bien cuentan con el respaldo legal, se han tornado obsoletas, han caído en desuso y, especialmente, constituyen una anomalía en la aplicación de los principios republicanos.
El ministro hizo referencia puntualmente al tratamiento que el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial confiere al STJ, cámaras y magistrados de Primera Instancia, cuando les asigna el vocablo excelentísimo para los órganos colegiados referidos y para cada uno de sus miembros, y su señoría para jueces de Primera Instancia.
Al fundamentar su solicitud, el doctor Coll señaló que es notorio que, en los tiempos actuales, tal como ya lo consideró la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires en la Resolución 2204/21, “tal terminología resulta vetusta, desactualizada y alejada de los principios republicanos”, además de oponerse, este particular tratamiento, a la manda contenida en el artículo 16 de la Constitución Nacional.
Respecto al artículo 23 de la Ley Orgánica, el mismo cayó en desuso, es decir porque la norma en sí misma dejó de aplicarse por el transcurso del tiempo, pero principalmente porque colisiona con el artículo 16 de la Constitución Nacional, que garantiza la igualdad de las personas y tiene rango superior a la ley orgánica judicial.
“Siendo así, en tanto el ya citado artículo 23 de la Ley Orgánica Judicial no confiere derechos inmanentes a la persona humana, limitándose al tratamiento protocolar, me permito sugerir que por vía de Acordada, el Superior Tribunal de Justicia, disponga como lo ha hecho la Corte Bonaerense, que se deberá evitar en el lenguaje judicial el uso de expresiones tales como su señoría, vuestra señoría, excelentísimo, vuestra excelencia y/o similares, para dirigirse a los titulares o integrantes de órganos jurisdiccionales, debiendo en todos los casos consignarse solamente señor o señora, antes del cargo correspondiente”, señala el magistrado en la nota que le remitió al presidente del STJ, y cuyo tratamiento se dio en la fecha, finalizando con la aprobación de la propuesta por parte de todos los ministros de la Corte Provincial.