CABB declaró inaplicable la intervención a la Federación de Buenos Aires
Así lo informó mediante la resolución 1/2021 adoptada por el Consejo Directivo de forma unánime.
La Confederación Argentina de Básquet, por medio de la Resolución N° 1/2021 adoptada por el Consejo Directivo de forma unánime, declara inaplicable la intervención de la Federación de la Provincia de Buenos Aires dispuesta por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y suspende la afiliación de la Federación por 180 días o hasta que el Director General de la DPPJ revoque su decisión anunciada el 26 de marzo a través de la Resol-2021-1221-GDEBA-DPPJMYDHGP. La decisión está relacionada a las numerosas irregularidades del debido proceso que se han detectado y a la forma en que el organismo ha desconocido el programa de Institucionalidad CAB que fue votado de forma unánime por el Consejo Directivo y ratificado por la Asamblea General Ordinaria.
Andrés Gil Domínguez, letrado de la CAB, resumió algunas de las irregularidades de la DPPJ que se encontraron en el proceso.
1-Se notificó a la Federación de la Provincia de Buenos Aires en un domicilio que hace 35 años no es el real, lo que se denomina un exceso ritual manifiesto.
2-Se aprovechó que la Federación de Buenos Aires no podía defenderse -al no estar notificada- para transformar una denuncia de irregularidad que debía ser probada en algo que aconteció de forma verdadera, sin generar proceso probatorio para demostrarlo.
3-Se designó como interventor a una persona que fue miembro de una comisión directiva anterior de la misma federación (Carlos Eugenio Navajas), algo que lo inhibe según las reglas vigentes.
4-Se aceptó como denunciantes a asociaciones que no tienen los papeles en reglas y algunas que ni siquiera existen registralmente en el ámbito de la Dirección General de Personas Jurídicas, como la de Necochea.
5-El mismo día que llamó a audiencia de conciliación para intentar alcanzar una solución razonable y alternativa a la intervención la DPPJ envió esa misma intervención a la Justicia para ser homologada, algo que viola el principio de buena fe y eventualmente violaría los deberes que debería cumplir el Director General de Personas Jurídicas como funcionario público.
6-Se rechazó sin fundamentos la intervención cooperativa de la CAB, desconociendo el programa de Institucionalidad votado en el nuevo Estatuto.